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sab 8 ago 20 / Andrés Artemio va a la controversia, constitucional, pero la Síndico Gallegos se repliega.

MIÉRCOLES 5 DE AGOSTO DE 2020 / EN SESIÓN DE CABILDO SIETE EDILES VOTAN POR RECURRIR ANTE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

El alcalde suplente Caballero López vota por recurrir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La mañana del miércoles 5 de agosto se convocó a Sesión de Cabildo para que los regidores emitieran su voto en favor de iniciar una controversia constitucional ante la resolución del Congreso del Estado que busca de desaparecer la administración municipal.

Como se ha informado el Congreso ya inició el procedimiento para la desaparición del actual
Cabildo.

En caso de que así suceda todos serán destituidos, tanto los propietarios como los suplentes. Incluida la misma Síndico.

La sesión de Cabildo fue encabezada por el alcalde suplente Andrés Artemio Caballero López y por el “súper asesor” Pepe Momox quien tiene el cargo de Secretario General.

En la breve reunión siete ediles votaron en favor de recurrir a una controversia constitucional que se habrá de interponer ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

CURIOSAMENTE ESA MAÑANA LA SÍNDICO NO SE PRESENTÓ.

El tema interesante y central de esa sesión fue la ausencia de la Síndico Municipal Laura Gallegos Sánchez, quien envió un memorándum argumentando que tenía que salir a la ciudad de Puebla.

El asunto tiene una importancia y un trasfondo mucho mayor, porque desde el punto de vista jurídico la única persona que puede interponer la controversia constitucional es precisamente la figura del Síndico.

Vamos a explicar por qué.

ARTÍCULO 100 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL.

Al respeto la Ley Orgánica Municipal es muy precisa y clara.
En el Capítulo X, artículo 100 se señalan cuáles son las atribuciones jurídicas del Síndico.

“CAPÍTULO X
DE LA SINDICATURA MUNICIPAL
ARTÍCULO 100

Son deberes y atribuciones del Síndico:

I. Representar al Ayuntamiento ante toda clase de autoridades, para lo cual tendrá las FACULTADES DE UN MANDATARIO JUDICIAL;

II. Ejercer las acciones y oponer las excepciones de que sea titular el Municipio; otorgar poderes, comparecer a las diligencias, interponer recursos, ofrecer pruebas, articular posiciones, formular alegatos, en su caso rendir informes, actuar en materia civil, administrativa, mercantil, penal, laboral, de amparo y de JUICIOS DE LESIVIDAD Y DEMÁS INHERENTES a las que tiene como mandatario judicial por sí o por conducto de los apoderados designados por él;

III. Seguir en todos sus trámites los juicios en que esté interesado el Municipio por sí o por conducto de los apoderados designados por él”.

Hasta aquí la cita a la Ley Orgánica Municipal.

De este artículo se desprende que jurídicamente solo la Síndico Municipal puede interponer la referida controversia constitucional.

Y en caso de que el alcalde suplente Caballero López o el Secretario General Pepe Momox pretendan recurrir directamente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en ese momento el mayor órgano judicial del país PUEDE (repetimos puede) RECHAZAR SU RECURSO, por el hecho medular, central, de que solamente la figura del Síndico está facultado para interponer ese tipo de recursos.

Aquí entrará lo que se conoce como INTERPRETACIÓN DE LA LEY.

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación evaluarán si la controversia de Andrés Artemio reúne todos los elementos jurídicos o no los tiene.

En caso de no tenerlos su recurso de inmediato será rechazado y desechado.
Como ya sucedió con sus dos amparos.

CABALLERO LÓPEZ BUSCARÁ RESTARLE FACULTADES A LA SÍNDICO MUNICIPAL.

Todo indica que el edil suplente Caballero López buscará restarle facultades jurídicas a la Síndico Municipal para que sea él quien directamente interponga la controversia constitucional ante la Suprema Corte.

En caso de que Caballero quiera desplazar las funciones o restarle facultades a la Síndico Municipal ella podría recurrir a un amparo para proteger su investidura jurídica.
Es decir, habría una nueva confrontación entre ambas partes.

ALREDEDOR DEL DÍA 20 DE AGOSTO EL CONGRESO DEL ESTADO EMITIRÁ SU RESOLUCIÓN.

Congreso del Estado.

La declaración la hizo la diputada local Vianey García Romero, presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado.

Alrededor del 20 de agosto el órgano legislativo decidirá el futuro de la actual administración.

A partir de ese momento el Cabildo de Andrés Artemio será notificado y entonces podrá proceder a presentar su controversia constitucional.

Ya corresponderá a los ministros de la Corte evaluar y estudiar su recurso.
Y de su respuesta dependerá el futuro de Tehuacán.

Estamos ante un episodio histórico.
Sería la primera vez en que todo un Cabildo sea destituido.
Estaremos más que atentos.

Redacción: Orbe, Bufete de Comunicación.
findesemana99@gmail.com


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